Artículo actualizado el 18/09/2026. Este artículo se basa en la normativa francesa y europea, aunque también aborda puntualmente determinados aspectos específicos de otros países. Por ello, pueden ser necesarios ajustes adicionales en función de la jurisdicción aplicable.
¿Quieres elaborar y vender tus propios productos de limpieza para el hogar, como un detergente para la ropa, un lavavajillas o un limpiador de superficies? La comercialización de un detergente está sujeta a diversas obligaciones legales, especialmente en lo que respecta a su composición, clasificación, etiquetado y puesta en el mercado.
Esta guía le presenta los pasos principales que debe conocer para comercializar sus productos de limpieza de acuerdo con la normativa vigente.
Las fórmulas y los documentos que pone a su disposición Terre de Bougies le permiten contar con una base de trabajo documentada y facilitar sus trámites. No obstante, en el momento en que fabrica y comercializa un producto detergente, usted es responsable de su conformidad y debe asegurarse de que se cumplan todas las obligaciones reglamentarias aplicables.
¿Qué normativa se aplica a los detergentes y productos de limpieza?
La normativa sobre detergentes se basa principalmente en el Reglamento (CE) n.º 648/2004 relativo a los detergentes. Este regula, en particular, los requisitos relativos a los tensioactivos, la información que debe figurar en la etiqueta y la puesta a disposición de la lista de ingredientes.
Estas obligaciones se aplican específicamente a los detergentes. Difieren, en particular, de las aplicables a las velas perfumadas y a las ceras perfumadas, que están sujetas a su propio marco normativo.
Los principales reglamentos que hay que conocer antes de comercializar un detergente
El objetivo de estas normativas es garantizar que los productos comercializados puedan utilizarse en condiciones adecuadas y que los usuarios tengan acceso a la información necesaria.
| Normativa | Ámbito de aplicación |
|---|---|
| Detergentes Reglamento (CE) n.º 648/2004 |
Los requisitos aplicables a los detergentes, en particular el etiquetado del contenido, las fichas de ingredientes y su publicación en línea. |
| CLP Reglamento (CE) n.º 1272/2008 |
La clasificación de la mezcla final, los pictogramas, las indicaciones de peligro y las frases de precaución, así como el envase y el UFI cuando sea necesario. |
| REACH Reglamento (CE) n.º 1907/2006 |
El marco general aplicable a las sustancias y mezclas químicas. Los requisitos relativos a las fichas de datos de seguridad (FDS) se especifican, en particular, en el Reglamento (UE) 2020/878. |
| PCN Anexo VIII del Reglamento CLP |
La notificación a los centros de intoxicaciones, denominada PCN, para las mezclas que presentan riesgos para la salud o riesgos físicos. |
Terre de Bougies le acompaña en sus trámites normativos
Terre de Bougies pone a su disposición documentos reglamentarios elaborados para una concentración de perfume del 2 %.
Estos documentos le permiten partir de una base documentada y facilitar la preparación del expediente necesario antes de la comercialización de su producto de uso doméstico:
- La ficha de datos de seguridad (FDS) del producto acabado: recoge, en particular, la información relativa a la clasificación, los peligros, las precauciones y las características de la mezcla.
- La ficha de ingredientes destinada al consumidor: sirve de base para la publicación de la lista reglamentaria de ingredientes en Internet.
- La tabla de alérgenos: resume los alérgenos presentes en la mezcla y la información necesaria para su identificación. Estos datos pueden resultar especialmente útiles para el personal médico en caso de incidente.
Estos documentos facilitan sus trámites, pero no sustituyen a las comprobaciones relacionadas con el producto que fabrica realmente.
¿Qué trámites hay que realizar antes de comercializar un detergente?
Antes de vender un producto de limpieza, deben realizarse varias comprobaciones para asegurarse de que el producto acabado y la información que lo acompaña se corresponden efectivamente con la fórmula que realmente se comercializa.
1. Respetar la fórmula y la dosificación documentadas
El primer paso consiste en utilizar la receta y la dosificación que se indican en los documentos reglamentarios facilitados.
Por lo tanto, deben respetarse las cantidades de la base, el perfume y el resto de materias primas. Si se modifica la composición o la dosificación, los documentos existentes no pueden reutilizarse automáticamente.
Una modificación puede tener consecuencias, en particular, sobre:
- la clasificación del producto;
- la información y las indicaciones que deben figurar en la etiqueta;
- el pH de la mezcla final;
- la necesidad de presentar una notificación PCN o un UFI
Por lo tanto, cualquier modificación de la fórmula requiere una nueva verificación reglamentaria del producto acabado antes de su comercialización.
2. Finalizar la documentación reglamentaria de su producto terminado
Los documentos de Terre de Bougies están concebidos para servirle de base. A continuación, deben completarse con la información específica de su empresa y del producto de uso doméstico que comercializa.
En concreto, debe:
- introducir los datos de contacto de la empresa responsable de la comercialización;
- comprobar que la fórmula utilizada se corresponde efectivamente con los documentos;
- completar los datos específicos del producto acabado;
- comprobar la información necesaria para la identificación del producto.
Ficha de datos de seguridad (FDS) del detergente: ¿por qué medir el pH del producto acabado?
El pH debe indicarse en la sección 9 de la FDS, dedicada a las propiedades físicas y químicas.
Cuando Terre de Bougies no ha medido el pH de la fórmula final, este dato debe determinarse en su propio producto. Por lo tanto, tras la fabricación, debe medir el pH de la mezcla final y anotar el valor obtenido en la ficha de datos de seguridad.
Atención: no se debe tomar automáticamente el pH de la base neutra. La adición de una fragancia u otras materias primas puede modificar el pH del producto final.
Si no dispone del material necesario, puede encargar esta medición a un proveedor especializado.
3. Etiquetado de un detergente: ¿qué indicaciones deben figurar en la etiqueta?
El etiquetado de un detergente debe incluir diversa información reglamentaria. Entre ella, es fundamental distinguir los requisitos del Reglamento sobre detergentes de los del Reglamento CLP.
Las indicaciones exigidas por el Reglamento sobre detergentes
El Reglamento sobre detergentes establece, en particular, información relativa al contenido del producto. Dicha información debe extraerse del apartado «Etiquetado del contenido» de la sección 15 de la ficha de datos de seguridad (FDS).
En función de la composición del producto de uso doméstico, esta parte puede incluir, entre otros datos:
- las categorías de tensioactivos;
- los perfumes;
- determinados conservantes;
- los alérgenos de las fragancias en cuestión.
Algunas categorías se expresan en forma de rangos de concentración, por ejemplo:
- menos del 5 %;
- del 5 al 15 %;
- del 15 al 30 %;
- 30 % o más.
Las indicaciones y pictogramas exigidos por el Reglamento CLP
El bloque CLP depende de la clasificación del producto acabado.
Según esta clasificación, la etiqueta del producto de uso doméstico puede incluir, entre otros:
- los pictogramas de peligro;
- la indicación «Precaución» o «Peligro»;
- las indicaciones de peligro H;
- las indicaciones EUH, cuando sean aplicables;
- las indicaciones de precaución P;
- el UFI, cuando sea necesario.
Esta información se recoge, en particular, en lasección 2.2 de la ficha de datos de seguridad (FDS).

4. UFI y notificación PCN: ¿son obligatorios para un detergente?
El UFI no es automáticamente obligatorio para todos los detergentes. Su obligatoriedad depende de la clasificación de la mezcla final.
Si el producto está clasificado como peligroso para la salud o como peligro físico, debe realizarse una notificación a los centros de intoxicaciones, denominada PCN (Poison Centres Notification), antes de su comercialización en el país o países en cuestión.
Asimismo, debe preverse un UFI asociado a la mezcla, de conformidad con la normativa aplicable.
Por el contrario, cuando un producto no está clasificado como peligroso para la salud o como peligro físico, o solo es peligroso para el medio ambiente, la notificación PCN y el UFI no son obligatorios en virtud del anexo VIII del CLP.
Por lo tanto, la necesidad de un UFI para un producto de uso doméstico debe determinarse a partir de la clasificación del producto acabado, y no simplemente por el hecho de que se trate de un detergente.
5. Lista de ingredientes de un detergente: ¿qué hay que publicar en Internet?
El Reglamento sobre detergentes prevé la publicación en Internet de una lista reglamentaria de ingredientes que permita al consumidor acceder a la información relativa al producto.
Por lo tanto, debe poner a disposición una página o un documento en línea que se corresponda exactamente con el detergente comercializado eincluir la dirección del sitio web en el envase.
Esta lista debe ser:
- fácilmente accesible;
- consultable sin necesidad de crear una cuenta, introducir una contraseña ni realizar una compra;
- estar actualizada;
- claramente identificable para el producto en cuestión.
Un código QR puede facilitar el acceso a esta página y complementar la dirección web, pero no sustituye a la dirección del sitio web, que debe figurar en el envase.
Productos de limpieza, desinfectantes y antibacterianos: atención a la normativa sobre biocidas
Si comercializas un producto de limpieza o de mantenimiento, presta especial atención a las afirmaciones que utilices para presentarlo.
Términos como «desinfectante», «antibacteriano» o «antimicrobiano» pueden hacer que el producto quede sujeto a la normativa aplicable a los biocidas, en particular al Reglamento (UE) n.º 528/2012.
Un producto que afirme tener una acción destinada a destruir o controlar organismos nocivos puede estar sujeto a obligaciones específicas de autorización.
Un simple producto de limpieza sin función biocida no entra en este marco por ese único motivo. Por lo tanto, es importante distinguir entre una acción de limpieza y una afirmación de carácter desinfectante o biocida.
Lista de comprobación: ¿qué hay que verificar antes de comercializar su producto de limpieza?
Antes de comercializar su detergente, compruebe, en particular, que:
- la fórmula y la dosificación utilizadas se ajusten a la normativa;
- se haya completado la información relativa a su empresa y a su producto acabado;
- se haya medido el pH del producto acabado, en caso de que aún no se haya indicado;
- el etiquetado del detergente incluya la información aplicable al producto;
- se haya comprobado la necesidad de un UFI y de una notificación PCN;
- la lista reglamentaria de ingredientes está disponible en Internet;
- las declaraciones utilizadas para presentar el producto no lo incluyen en el ámbito de aplicación de la normativa sobre biocidas.
Preguntas frecuentes sobre la normativa de los detergentes
¿Qué documentos hay que preparar antes de vender un producto de limpieza?
En función de la fórmula en cuestión, Terre de Bougies pone a disposición una ficha de datos de seguridad (FDS) del producto acabado, una ficha de ingredientes destinada al consumidor y una tabla de alérgenos.
Estos documentos constituyen una base de trabajo. A continuación, debe verificar y completar la información específica de su empresa y del producto que realmente se fabrica.
¿Es obligatorio disponer de un UFI para vender un detergente?
No, el UFI no es obligatorio de forma automática para todos los productos detergentes.
Su necesidad depende de la clasificación del producto acabado. Si este está clasificado como peligroso para la salud o como peligro físico, deben comprobarse las obligaciones relativas al UFI y a la notificación PCN antes de su comercialización.
¿Se puede modificar la dosis de perfume de un detergente?
Una modificación de la dosis de la fragancia puede tener consecuencias en la clasificación, el etiquetado, el pH o incluso en las obligaciones relacionadas con el UFI y la notificación PCN.
Por lo tanto, los documentos facilitados para una fórmula y una dosis concretas no pueden reutilizarse automáticamente para una fórmula modificada.
¿Cuál es la diferencia entre el Reglamento sobre detergentes y el Reglamento CLP?
El Reglamento sobre detergentes regula, en particular, cierta información relativa al contenido del producto y a la publicación de los ingredientes.
El Reglamento CLP se refiere, en particular, a la clasificación de la mezcla final, los peligros asociados al producto, los pictogramas, las indicaciones de peligro, las indicaciones de precaución y, cuando sea necesario, la UFI.
Lo que hay que recordar
Ahora dispone de toda la información necesaria para avanzar en la comercialización de sus detergentes, gracias a los documentos normativos que Terre de Bougies pone a su disposición para acompañarle en sus trámites.
Para el resto de tus creaciones perfumadas, también existen soluciones que permiten simplificar los trámites reglamentarios, como las fragancias de la gama BOOST, que pueden utilizarse al 1 % para beneficiarse de un etiquetado CLP simplificado.
Esta guía no se aplica alos jabones líquidos destinados a la higiene de las manos o del cuerpo, que suelen estar sujetos a la normativa aplicable a los productos cosméticos y cumplen con obligaciones específicas.